martes, 8 de noviembre de 2011

procedimientos de higiene industrial

c) modificación de los procedimientos de trabajo, para minimizar la generación de contaminantes del medio ambiente laboral o la exposición del trabajador;
d) aislamiento de los procesos, equipos o áreas para evitar la dispersión de los contaminantes del medioambiente laboral;
e) aislamiento del trabajador del medio ambiente laboral contaminado, a una atmósfera libre de contaminantes;
f) utilización de sistemas de ventilación por extracción localizada, para evitar la dispersión de los contaminantes al medio ambiente laboral;
g) utilización de sistemas de ventilación general.

3.- Las siguientes medidas de control deben ser aplicadas mientras se cumple o se logren aplicar con lo establecido en el apartado anterior, con el fin de no exponer a los trabajadores a concentraciones superiores a los LMPE establecidos en NOM-10-STPS.
a) limitación de los tiempos y frecuencias de exposición del trabajador a las sustancias químicas contaminantes;
b) dotar a los trabajadores del equipo de protección personal específico al riesgo. En la selección de este equipo, el patrón debe considerar sus factores de protección y un programa de capacitación y mantenimiento (Programa de Protección Respiratoria XX-XX-XX-# #) del mismo, a fin de que el trabajador no se exponga a concentraciones que estén por arriba de los LMPE, y que el equipo de protección personal se conserve en buenas condiciones de trabajo, de acuerdo a la NOM- 017-STPS y el Programa de Equipo de Protección Personal e Higiene XX-XX-XX-# #
Nota: Se considerará el uso de la protección respiratoria incluso por las prácticas en el uso de las sustancias químicas.

Se deberá de adoptar cualquiera de los mecanismos de control que estén  dentro de sus recursos y considera adoptar la aplicación de la medida de control del punto 2 Ventilación artificial además de lo indicado en el punto 3, debe de considerar lo siguiente:

Ventilación local por extracción:
La extracción localizada capta el contaminante en su lugar de origen antes de que pueda pasar al ambiente de trabajo. La mayor ventaja de este método, respecto a la ventilación general, es su menor requerimiento de aire y que no contribuye a esparcir el contaminante.
Los dos requisitos básicos que debe reunir son: que el foco se encuentre lo más encerrado posible y la creación de una velocidad adecuada del aire próximo al foco de generación, para asegurar que se establezca una corriente hacia la campana.
Un sistema de extracción localizada consta de:
Campana: para la captación del contaminante en el foco.
Conducto: para transportar el aire con el contaminante al sitio adecuado, evitando que se disperse en la atmósfera.
Separador: para separar el contaminante del aire, recogiéndolo de forma adecuada y liberar aire limpio.
Ventilador: para transmitir la energía necesaria al aire y hacerlo circular a través del sistema.

El diseño del sistema de VLE deberá proporcionar o considerar:
1. Medios para verificar el flujo de aire. Para una campana de extracción de humo de laboratorio o de cualquier área que así lo requiera, se deberá incluir un monitor de flujo para medir la velocidad de entrada.
2. Medios para limpiar y mantener el sistema.
3. Medios para medir el rendimiento del sistema contra los criterios de rendimiento.
4. Inter bloqueadores, alarmas y otros controles de ingeniería, para prevenir el inicio de tareas que requieran ventilación por extracción local cuando el sistema de VLE no está en operación, si es requerido o se considera necesario por el sitio.
Las campanas de extracción de humo de laboratorio o las áreas que lo requieran deberán estar diseñadas para proporcionar un flujo de aire promedio de 0.5 m/s (100 pies/min.) en todas las aberturas de campana cuando la compuerta está en la altura de operación máxima (56 cm, 22 pulg.) a menos que se diseñe de otra manera).
Realizar periódicamente monitoreos de extracción a campanas extractoras. Para esto podrán aplicar el ejemplo en el Anexo 1.

La integridad de los sistemas deberá ser verificada tal como está establecido por el fabricante. Si no existen las especificaciones del fabricante y si existen Riesgos Químicos Altos, al menos anualmente, inspeccione el sistema para verificar la integridad y operabilidad de sus componentes. Mida el desempeño del sistema contra los criterios de diseño (para sistemas de control de polvos, esto significa que el flujo de aire en cada punto de prueba y la presión estática está dentro del 10% de la línea basal).
Tabla 1   Ventilación


ÁREA
(CFM) PIE CUBICO POR PERSONA
Las áreas de proceso. Usar un sistema con aire filtrado (20 μ) para dar los siguientes cambios de aire por hora:

Cuarto de PROCESO: 15-20 cambios/hora
Cuarto de PROCESO: 15-20 cambios/hora



Monitorear la calidad de aire en los almacenes monitoreos de CO y CO2 para determinar la calidad del aire presente mediante laboratorios externos y certificado por EMA.



 Tabla 2   CO y CO2



Norma Oficial Mexicana
OSHA
NIOSH
ACGIH
CONTAMINANTE
ÁREA  PROCESO/ALMACÉN
ÁREA  PROCESO/ALMACÉN
ÁREA  PROCESO/ALMACÉN
ÁREA  PROCESO/ALMACÉN
Dióxido de Carbón 
(CO2)
5000 p.p.m.
5000 p.p.m.
5000 p.p.m.
5000 p.p.m.
Monóxido de Carbono (CO)
50  p.p.m.
50 p.p.m.
35 p.p.m.
25 p.p.m.



Se deberá cumplir con un programa de limpieza y cambios de filtro a todos los sistemas de ventilación existentes en la planta y de procesos o según un programa establecido Todos los reportes de monitoreo deberán registrarse y se mantendrán archivados durante 1 año.

Iluminación:
Se deberá de realizar una evaluación de la aplicación de la Normatividad vigente NOM-025-STPS Norma Oficial Mexicana, Condiciones de Iluminación en los centros de trabajo.

Se deberá implementar un programa de mantenimiento de iluminación en todas las áreas de la planta, además de realizar un estudio de iluminación con un laboratorio calificado.
Se deberán realizar monitoreos periódicos a todas las áreas y deberán cumplir con los parámetros estipulados por la NOM’s.  Las mediciones serán realizadas a  distancia del nivel del suelo.


 El programa de mantenimiento contará con lo siguiente:
Rutinas de inspección de niveles de iluminación y de mantenimiento, cada mes se realizará monitoreos de acuerdo al programa calendarizado de mantenimiento y en base a los resultados obtenidos se reportará al responsable de Mantenimiento de Edificios.

El personal asignado por Mantenimiento de Edificios  realizará la inspección de los puntos o áreas que no cumplen con los rangos de iluminación y procederá a realizar las actividades de mantenimiento.

El sistema para monitorear las áreas consistirá en lo siguiente:
·         Seleccionar áreas de la planta (Programa de Conservación de Edificios Lay-out de la planta).
·         Establecer un programa calendarizado con fechas y periodicidad  para realizar los mantenimientos esto se adaptará de la siguiente forma:

·         Inspecciones al Principio de Mes y al Final de mes: el personal asignado revisará visualmente todas las lámparas de la planta incluyendo oficinas, si se detectan lámparas fundidas se procederá a realizar el cambio.
·         Llenar bitácora de mantenimiento en el cual será especificado fecha, sección, área, tipo de inspección (principio y fin de mes, bimestral, semestral, etc.).  Y el concepto de mantenimiento, (Bitácora de mantenimiento a lámparas de iluminación).  Los archivos serán mantenidos en el Depto. de Conservación de Edificios.
·         Las  lámparas inservibles serán revisadas, clasificadas y enviadas al área de Residuos Industriales y  serán dispuestas en el contenedor de Residuo Peligroso.  Las balastras se envían o se disponen en el modulo de chatarra de dicha área.
·         Todo el sistema de iluminación deberá estar correctamente conectado para evitar problemas de cableado, sobrecargas, etc. sobre todo deberá cumplir con lo siguiente:
·         Las lámparas de emergencia deberán estar conectadas a baterías y/o generadores independientes del sistema de iluminación.
·         Las lámparas de emergencia deberán ser inspeccionadas cada seis meses y reemplazar las baterías periódicamente.
·         Se deberá documentar todos los trabajos de mantenimiento al sistema de iluminación así como a las lámparas de emergencia.

Radiaciones Ionizantes:
Una radiación se entiende como ionizante, cuando al interaccionar con la materia produce la ionización de los átomos de la misma, es decir, origina partículas con carga (iones). Su origen es siempre atómico, pudiendo ser corpusculares o electromagnéticas.
Por lo que se deberá de contar con un encargado de seguridad radiológica o, en su caso, con un responsable de la operación y funcionamiento del equipo o fuentes de radiación ionizante, así como de los auxiliares necesarios por turno de trabajo; este personal deberá cumplir con lo establecido en el Reglamento General de Seguridad Radiológica y, en su caso, con lo que establezca la Secretaría de Salud para el manejo de dichas fuentes.
En este caso se tiene un emisor de gammas (Am 241) en un contenedor de trabajo enfrente del cual existe un detector en el que se concentra el total del haz de emisión. Este haz es interrumpido por el paso de las botellas conteniendo el líquido a medir, detectando de esta forma el nivel de llenado de aquellas, rechazando en forma automática las que no cumplan con las especificaciones.
Delimitación de zonas: Todo espacio donde se manipulen o almacenen radio nucleidos o se disponga de generadores de radiaciones ionizantes deben estar perfectamente delimitado y señalizado. La clasificación en distintos tipos de zonas se efectúa en función del riesgo existente en la instalación.
Zonas Controladas
Para el caso de la empresa, debido a los bajos niveles medidos a un metro (0.025 mR/h), además de que el recorrido de la fuente es constante y a que por condiciones de operación ninguna persona puede estar a menos de dos metros de distancia, no se justifica la demarcación de zonas restringidas o controladas.

Comunicación de Peligros
La función de los colores y las señales de seguridad es atraer la atención sobre lugares, objetos o situaciones que puedan provocar accidentes u originar riesgos a la salud, así como indicar la ubicación de dispositivos o equipos que tengan importancia desde el punto de vista de la seguridad e higiene.
La normalización de señales y colores de seguridad sirve para evitar, en la medida de lo posible, el uso de palabras en la señalización de seguridad. Estos es necesario debido al comercio internacional así como a la aparición de grupos de trabajo que no tienen un lenguaje en común o que se trasladan de un establecimiento a otro.
Por tal motivo en nuestro país se utiliza la Normas Oficiales Mexicanas (NOM-026-STPS) cuyo objeto fundamental es establecer los colores de seguridad y las formas y colores de las señales de seguridad a emplear para identificar lugares, objetos, o situaciones que puedan provocar accidentes u originar riesgos a la salud para cumplimiento del presente procedimiento.
Se establecerá la señalización adecuada para  la comunicación de riesgos, como son  letreros de precaución, rombo de seguridad, código de colores para identificación de la tubería, equipo contra incendio, etc. Y esta comunicación será respaldada en los programas de Capacitación y los procedimientos de Seguridad y ecología donde apliquen (Ver Ejemplos Anexo 1):

Programa de Equipo de Protección Personal e Higiene
Programa de Audición

Referencias Externas
NOM-001-STPS-2008 edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo-condiciones de seguridad.

NOM-005-STPS-1998 norma oficial mexicana, relativa a las condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo para el manejo, transporte y almacenamiento de sustancias químicas peligrosas.

NOM-010-STPS-1999 Norma oficial mexicana, condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo Donde se manejen, transporten, procesen o almacenen sustancias químicas capaces de Generar contaminación en el medio ambiente laboral.

NOM-011-STPS-2001 Norma Oficial Mexicana, Condiciones de Seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se genere ruido.

NOM-12-STPS-1999 Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se produzcan, usen, manejen, almacenen o transporten fuentes de radiaciones ionizantes.

NOM-017-STPS-2008
Norma oficial mexicana, equipo de protección personal-selección, Uso y manejo en los centros de trabajo

NOM-018-STPS-2000,
Norma oficial mexicana sistema para la identificación y comunicación de peligros y
Riesgos por sustancias químicas peligrosas en los centros de trabajo.

NOM-025-STPS-2008 Norma Oficial Mexicana, Condiciones de Iluminación en los centros de trabajo.
NOM-026-STPS-2008
Norma oficial mexicana, colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de
Riesgos por fluidos conducidos en tuberías.

NOM-027-STPS-2008
Norma oficial mexicana, actividades de soldadura y corte condiciones De seguridad e higiene

Tema de la salud con respecto a la seguridad.

http://es.wikipedia.org/wiki/Salud_laboral

Información de SENAMULSYSLA

Investigación de Accidentes

IMAGENES DE SEG. IND.



SEGURIDAD EN EL TRABAJO COTIDIANO

DEFINICIONES BÁSICAS

Definiciones Basicas De Seguridad

1. PROGRAMA DE HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL: Es el conjunto de objetivos, acciones y metodologías establecidas para prevenir y controlar los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

  2. HIGIENE INDUSTRIAL: Es la ciencia y el arte dedicados al conocimiento, evaluación y control   de aquellos factores ambientales o tensiones emanadas o provocadas por o con motivo del trabajo y que puede ocasionar enfermedades, afectar la salud y el bienestar, o crear algún malestar significativo entre los trabajadores o los ciudadanos de la comunidad.

  3. SEGURIDAD INDUSTRIAL: Es el conjunto de principios, leyes, criterios y normas formuladas cuyo objetivos es el de controlar el riesgo de accidente y daños, tantos a las personas como a los equipos y materiales que intervienen en el desarrollo de toda actividad productiva.

  4. INCIDENTE: Es todo suceso imprevisto y no deseado que interrumpe o interfiere el desarrollo normal de una actividad sin consecuencias adicionales.

  5. RIESGO: Es la probabilidad de ocurrencia de un accidente de trabajo o de una enfermedad profesional.

  6. PELIGRO: Condición o acto inseguro con potencial de pérdida humana y/o material.

  7. ACTO INSEGURO: Es toda actividad voluntaria, por acción u omisión, que conlleva a la violación de un procedimiento, norma, reglamento o practica segura establecida tanto por el Estado como por la empresa, que puede producir un accidente de trabajo o una enfermedad profesional.

  8. CONDICION INSEGURA: Es cualquier situación o característica física o ambiental previsible que se desvía de aquella es aceptable, normal o correcta, capaz de producir un accidente de trabajo, una enfermedad profesional o fatiga del trabajador.

  9. ACCIDENTE: Es todo suceso imprevisto y no deseado que interrumpe o interfiere el desarrollo normal de una actividad y origina una o más de las siguientes consecuencias: lesiones personales, daños materiales y/o pérdidas económicas.